Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) que impide reprobar a estudiantes de educación básica.
Está decisión aplica tanto escuelas públicas y privadas.
El Acuerdo 10/09/23, emitido por la autoridad educativa, establece que enpreescolar y primer grado de primaria se aplicará la promoción automática, sin considerar el porcentaje de asistencias ni las calificaciones obtenidas.
Para los grados superiores de primaria y secundaria, el acuerdo flexibiliza los criterios de acreditación, eliminando el requisito de 80% de asistencia mínimay permitiendo mecanismos de regularización para quienes no aprueben todas las asignaturas.
La SCJN determinó que este acuerdo es constitucional y respeta el derecho a la educación consagrado en la ley.
En el fallo, la Corte señaló además que la SEP tiene competencia para definir los mecanismos de evaluación y promoción de los estudiantes.
Con información de Inofabe.




